SEGURIDAD PRIVADA EN GUATEMALA
La seguridad privada en Guatemala es un tema complejo hoy en día, ha evolucionado de manera inadecuada y con lentitud pero ha evolucionado.
Antes si alguien necesitaba protección buscaba a la persona que tuviera arma y que tuviera fama de desenfundar y disparar sin mediar palabra, en pocas palabras lo que buscaban eran pistoleros, asesinos para protección.
Los personajes políticos utilizaban muchos militares como "guardaespaldas", con experiencia en combate con esquemas militares pero sin experiencia en protección civil. Es bien sabido que la experiencia militar básicamente es el combate, no me malinterpreten, pero normalmente los puestos militares que requieren de inteligencia son para oficiales y no para el soldado raso que su mayor entrenamiento es para el combate, punto.
La seguridad privada hoy está regulada por el decreto 52-2010 Ley de Servicios de Seguridad Privada, toda empresa debe estar regulada por esta ley, todo prestador de servicios de seguridad privada debe estar regulado por esta ley y la dirección encargada de ello que es la Dirección General de Servicios de Seguridad Privada por parte del Ministerio de Gobernación.
¿Qué quiere decir esto? Hoy en día un guardia de seguridad o escolta debe estar acreditado para prestar servicios de seguridad, ya sea en relación a dependencia o bien de forma independiente. Tienen que cumplir con ciertos requisitos educativos, psicológicos y de experiencia para optar a este tipo de acreditación avalada por la Dirección.
Vale la pena aclarar que una persona que preste servicios de seguridad privada sin estar acreditado por la Dirección y regulado por el decreto 52-2010 entra en ilegalidad y está tipificado como delito por prestar servicios de seguridad de forma ilegal y tiene una pena de 6 a 12 años de prisión y cien mil quetzales de multa.
Eso quiere decir que hoy en día muchos prestan servicios de seguridad privada de forma ilegal y se puede proceder legalmente con ello.
Las empresas de seguridad deben estar reguladas por la Dirección General de Servicios Privado y tener licencia de operación para cada servicio que deben prestar, para guardias, escoltas, investigación, monitoreo de CCTV, incluso para Centro de Capacitación para guardias, escoltas e investigadores puedan acreditarse.
Existe un pequeño grupo en el gremio de seguridad que son empresas amparadas por acuerdo gubernativo pero son empresas que tienen más años que la creación del decreto 52-2010 y no se han regularizado.
Por eso es importante que todos sepan esta parte legal para saber a quien contratar, o como prestar el servicio o hasta que se puede denunciar en alguna situación si la empresa o el personal tiene alguna irregularidad con el aspecto legal.
Cualquier persona que preste servicios de seguridad privada debe tener una credencial extendida por la Dirección de Servicios de Seguridad Privada indicando el tipo de agente de seguridad (guardia, escolta, investigador), si presta sus servicios por medio de una empresa tiene que presentar carné que lo acredite de la empresa, arma de la empresa, credencial de portación de la empresa y DPI, si los servicios son de manera particular el arma puede ser propia y credencial de portación personal. Ninguna persona que preste servicios de seguridad privada está exenta de tener la obligación de acreditarse como persona que preste servicios de seguridad privada, como dije, si fuera así la pena por esta ilegalidad es de 6 a 12 años de prisión y cien mil quetzales de multa, tipificado en el decreto 52-2010.
Toda persona que preste este tipo de servicios además de la documentación debe de estar identificada si es guardia de seguridad de empresa con el uniforme y sus insignias, si es escolta solo con la documentación basta.
La ley obliga a los prestadores de seguridad a capacitar durante 10 días mínimo y 30 máximo en el área teórica al personal con un pensum de estudios ya indicado por la Dirección que debe incluir Derechos Humanos, Relaciones Humanas, Área Operativa, Área Jurídica y Primeros Auxilios. La persona debe aprobar en la DIGESSP la evaluación Psicológica para ver si es apto y la teórica para que tenga los conocimientos mínimos para prestar servicios de este tipo. Recordemos que en esta profesión tan devaluada y mal vista en nuestro país se trabaja con armas y se trata de salvar vidas.
La capacitación constante y profesionalización del personal en esta área debe ser continua que también es un mandado que dicta el decreto 52-2010 y por parte de las empresas debe ser importante la continuidad de capacitación y entrenamiento para su personal.
Generalmente es claro el concepto que se tiene de las personas que prestan este tipo de servicio "profesional", son personas de escasos recursos que no están por vocación en esta profesión, se tiene la idea que están en esto por que no había de otra cosa para trabajar y con tanta demanda hoy en día en nuestro país de seguridad por la escalada descontrolada de inseguridad la empresas les importa poco las aptitudes y actitudes que las personas tengan, muchas empresas solo les interesa llenar la vacante y prestar el servicio.
Algunas personas con necesidad de trabajar simplemente con tener un arma optan a este tipo de empleo, no es difícil ver en la 19 calle de la zona 1 en cada local de venta de algún tipo alguna persona con chaleco obviamente armada prestando algún tipo de seguridad y no es difícil saber que todas esas personas definitivamente no están acreditadas para prestar ese tipo de servicio.También es fácil saber que la mayoría de escoltas que prestan servicios de escoltas en el interior de la república tampoco lo están pero cabe la pena mencionar que este tipo de regularización solo se le exige al que presta servicios de seguridad privada para su profesionalización, pero la seguridad de ciertas instituciones como Banco de Guatemala u Organizmo Judicial no cumplen con estos requisitos mínimos y créanme, el personal está poco capacitado y que no cumplen con ni siquiera las normas mínimas en seguridad con armas de fuego y no tienen un entrenamiento continuo para prestar ese servicio, a mi forma de verlo es ilógico que le exijan al sector privado que cumpla con ello cuando ni siquiera el estado cumple con ello.
De hace algún tiempo para acá algunas empresas o personas particulares se dedican a prestar un servicio de capacitación para la verdadera profesionalización de los agentes (guardia o escolta) y prestar un servicio de calidad como en otros países.
No me dejarán mentir, es más que obvio que ni la misma seguridad estatal, o bien la seguridad que se le presta a funcionarios en nuestro país es más un show que seguridad, incluso la seguridad presidencial aunque tienen bastante entrenamiento es bastante deficiente al compararlo con un Servicio Secreto. de E.E.U.U. no digamos el resto de instituciones del estado.
Seguridad propia como la del Ministerio Público, Banco de Guatemala, Organismo judicial y otras entidades del estado con el tiempo se han dado cuenta de las deficiencias que tienen en seguridad, también se han puesto un poco más estrictos en la contratación del personal que les prestará este tipo de servicio y al personal que ya tienen profesionalizarlo.
Lamentablemente debo decir que este tipo de servicio muchos lo toman como un empleo más y no como una profesión por lo tanto no han preocupación alguna en tratar de mejorar, simplemente se cumple con el mínimo pues tampoco es un secreto que es uno de los servicios peor pagados en el país, más aún si hablamos de guardias, en algunos casos no ganan ni el mínimo trabajando 12 horas diarias en lugares que a veces no tienen ni un baño para hacer sus necesidades. ¿Pero porqué es de los servicios peor pagados? la culpa es del mismo gremio, porque contratan al peor personal para prestarlo, porque las mismas personas que prestan el servicio no saben nada o saben de forma empírica, o saben de forma equivocada lo que hay que hacer, no existe vocación por el servicio de seguridad, solo son robots que siguen pobres ordenes y no tienen poder resolutivo.
Esta "nueva" ley ha venido a presionar por lo menos en una escala mínima los requisitos mínimos de educación porque antes era permitido que una persona con primaria o sin ella pudiera prestar este servicio, hoy en día los estándares hay subido un poco lo que hace que las personas estén más preparadas para esto.
Los mal llamados guardaespaldas, escoltas, chuchos, guachimanes, guaruras se les empieza a profesionalizar, hacerles entender que son OFICIALES DE PROTECCIÓN y no simples acompañantes con pistola como solía ser en nuestro país aunque es común ver ese tipo de acompañantes en la cajuela de un pickup con arma en mano "protegiendo" a alguien que más parece un show y no un servicio.Ha enseñarles que son preventivos y no reactivos y que para ello esta profesión lleva un trabajo de inteligencia previo a lo que se ve en la calle, no es solamente el trabajo con armas y si no seguirse profesionalizando en otras áreas, como en criminología y criminalística, en soporte vital básico y avanzado, primeros auxilios, medicina táctica, áreal legal, psicología y muchos temas más que pueden apoyar esta profesión.
Este tema de seguridad ejecutiva lo tocaremos en otro espacio más adelante resaltando la diferencia de un Oficial de Protección a un guardaespaldas.
El tema de hoy fue reforzar la parte legal respecto a muchas preguntas que me hacen sobre las empresas de seguridad, o prestadores de seguridad independientes, también por el motivo que muchas personas no saben que exigir a una empresa de seguridad que presta el servicio a una empresa, centro comercial, colonia, condominio, banco o restaurante, todos deben estar regulados.